La periodista Patricia Janiot entrevisto el día de ayer a Tareck El Aissami (gobernador de Aragua), este personaje ejerció diferentes cargos públicos durante el gobierno de Chávez; fue jefe de la Misión Identidad, miembro de la Asamblea Nacional, Vice Ministro de Seguridad Ciudadana y, Ministro de Relaciones Interiores y Justicia (2008 – 2012). Es abogado y durante la entrevista dijo que Leopoldo López y María Corina Machado estaban llamando a un golpe de Estado con la estrategia denominada “La Salida”… Que pedir la renuncia del presidente no era más que un golpe de estado. Otros personeros del régimen, las declaraciones del gobierno cubano y otros gobiernos de la región, hacen ver que las protestas, movimientos estudiantiles y reclamos de la población no son más que un golpe de Estado. Sin embargo, esto no tiene ningún sustento y mi objetivo es desmantelar esa versión del gobierno.
Antes que nada, quiero aclarar que lo que voy a plantear no es más que mi interpretación personal al leer y estudiar nuestra constitución y las leyes del país, como una ciudadana más, no soy abogado, no soy constitucionalista pero, soy estudiosa y apasionada de las ciencias sociales y la política.
¿Qué es un golpe de Estado? He aquí varias definiciones…
“Medida grave y violenta que toma uno de los poderes del Estado, usurpando las atribuciones de otro”.
(Diccionario Ideológico de la lengua española, Julio Casares de la Real Academia Española, Editorial Gustavo Gili S.A.- Barcelona, 1985)“Acción de apoderarse violenta e ilegalmente del gobierno de un país alguno de los poderes del mismo, por ejemplo, el ejército”.
(Diccionario de uso del español, María Moliner, A-G, Editorial Gredos S.A. - Madrid, 1997)
“Usurpación ilegal y violenta del poder de una nación”.
(2001, Espasa Calpe).
“la toma del poder por un grupo utilizando a los funcionarios permanentes del Estado -la burocracia, las fuerzas armadas o la policía- para capturar y paralizar las terminaciones nerviosas del Estado”.
Vernon BOGDANOR, “Coup d'état”, en V. BOGDANOR (ed.), The Blackwell Encyclopaedia of Political Institutions, Oxford, Blackwell, 1987, p. 158.
“un cambio de régimen a través de una acción ilegal y anticonstitucional”, generalmente a cargo de los detentadores del poder o de “algún departamento político o militar”
Geoffrey ROBERTS y Alistair EDWARS, “Coup d'état”, en G. ROBERTS y A. EDWARS, A New Dictionary of Political Analysis, Londres, Edward Arnold, 1991, p. 32
“un cambio de liderazgo gubernamental no constitucional ejecutado con el uso o la amenaza de uso de la violencia”
Claude E. WELCH, “Coup d'État”, en Joel KRIEGER (ed.), The Oxford Companion to Politics of the World, Nueva York, Oxford University Press, 1993, p. 204
Todas estas definiciones tienen elementos en común: poder, violencia, ilegalidad, uso de la fuerza, anticonstitucionalidad. Sin embargo, el planteamiento opositor es todo lo contrario, las manifestaciones han querido ser pacíficas. ¿Quiénes han generado la violencia? Los infiltrados del gobierno, los colectivos armados que defienden al gobierno y las fuerzas del orden que, contrario a las leyes, han llegado con armas de guerra a las manifestaciones. A mi parecer es el Estado quien, al apoderarse de todos los poderes constituidos, imponer por la fuerza su visión de país (el socialismo no establecido en la Constitución) quien le está dando un golpe a la Constitución y a las leyes Venezolanas.
¿Qué plantea Leopoldo López?
En entrevista a CNN en Español, López dijo que promueve una propuesta popular para "impulsar una salida al desastre al que hoy estamos sometidos. Una salida dentro de la Constitución", como "un revocatorio, solicitar una salida del presidente o una Constituyente". (CNN, 7 de febrero del 2014)
Por mi parte, a mi modo de ver, la renuncia es un acto voluntario, El Presidente Nicolás Maduro decide o no hacerlo, en base a los reclamos de la población y su capacidad para responder a las necesidades del país. ¿Cuáles son esos reclamos? El incumplimiento de las funciones del Estado establecidas en la Constitución, la inseguridad, el desabastecimiento, la falta de oportunidades gracias a la destrucción sistemática por parte del gobierno del aparato productivo nacional. ¿Y qué pasaría si Nicolás Maduro renuncia? Se seguirían los mecanismos establecidos en el artículo 233 de la Constitución que establece un llamado a elecciones dentro de los 30 días subsiguientes y la presidencia del país la asumiría el Vicepresidente. Ninguna de estas acciones entran dentro de la definición de Golpe de Estado.
La Constituyente es otra de las opciones que ofrece Leopoldo López como posible salida. La misma está establecida en los artículos 347, 348 y 349 de la Constitución. Hay varias maneras de convocarla: el presidente, las dos terceras partes de la Asamblea Nacional, las dos terceras partes de los Consejos Municipales en Cabildo o el quince por ciento de los votantes inscritos en el CNE la pueden solicitar. Esta salida implica la gente en la calle reunida en asamblea de ciudadanos. ¿Por qué? Ni el Presidente ni la Asamblea en manos del Chavismo van a solicitar una Constituyente. El Cabildo abierto es la única opción que permite aprobar la solicitud sin que se produzca otra Lista Tascon. La Constitución también establece que El Presidente o los poderes constituidos no podrán objetar las decisiones de la Asamblea Constituyente y una vez aprobada la nueva Constitución será publicada y todos deberemos acatarla. Esta opción tampoco representa un Golpe de Estado, los mecanismos están establecidos y el poder originario, el pueblo, tiene toda la autoridad para solicitarla.
La tercera opción es el referéndum revocatorio, que está establecido también en la Constitución, sin embargo es el más lejano, la mitad del periodo presidencial, y menos probable. ¿Por qué? Primero porque en dos años más la crisis será aún más profunda y luego, los antecedentes de la Lista Tascon y la parcialidad del CNE no permiten un desarrollo confiable del proceso.
Por otra parte, la gente en las calles de manera pacífica NO SON UN GOLPE DE ESTADO. La constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en varios de sus artículos le da el derecho a los Venezolanos a participar, expresar su punto de vista, protestar e inmiscuirse en las funciones del Estado. El derecho a la protesta, la libertad de expresión y de reunión también están garantizadas en la constitución en los artículos 51, 52, 53, 57, 58, 62, 68. Por otra parte El Estado cumpliendo con el deber de proteger a todas las personas debe custodiar y proteger estas manifestaciones (artículo 55), para el control de las manifestaciones esta prohibido el uso de armas y sustancias toxicas (articulo 68)
Como ven, todos los mecanismos que se proponen están establecidos en la Constitución. Adicionalmente, el artículo 350 es otro soporte adicional, porque el Gobierno Nacional ha venido violando sistemáticamente la carta magna, los derechos humanos y las garantías democráticas de nuestros ciudadanos. Este artículo dice textualmente:
“El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticas o menoscabe los derechos humanos”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario